Funciones de los Consejo Recursos Hídricos de Cuenca

Fecha
09 Mayo, 2023
Funciones de los Consejo Recursos Hídricos de Cuenca

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) tiene órganos de naturaleza permanente y, uno de ellos es el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón Rímac Lurín, que ejerce funciones con el objetivo de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos.

Y, de acuerdo al Art. 31º Funciones de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, Capítulo IV - Los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, para lograr el cumplimiento de su objetivo debe cumplir las siguientes quince (15) funciones:

a. Promover la participación de los gobiernos regionales, gobiernos locales, sociedad civil y de los usuarios de agua de la cuenca en la formulación, aprobación, implementación, seguimiento, actualización y evaluación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca.

b. Elaborar conjuntamente con la Autoridad Administrativa del Agua el Plan de Gestión de Recursos Hídricos de Cuenca, en armonía con la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, el Plan Nacional de Recursos Hídricos y la Política Nacional del Ambiente.

c. Implementar acciones para conseguir los consensos y establecer compromisos, entre sus integrantes, que aseguren la conformidad del proyecto de Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca.

d. Establecer compromisos entre sus integrantes, que aseguren la implementación del proyecto del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca.

e. Proponer anualmente, a la Autoridad Administrativa del Agua, el plan de aprovechamiento de las disponibilidades hídricas para atender las demandas multisectoriales, considerando los derechos de uso de agua otorgados y usos de agua de las comunidades campesinas y comunidades nativas cuando se encuentren dentro del ámbito del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca.

f. Velar por el cumplimiento del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la cuenca.

g. Emitir opinión verificando la conformidad y compatibilidad con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la cuenca, en los casos siguientes:

g.1 Otorgamiento de derechos de uso de agua y determinación del uso prioritario en caso de concurrencia;

g.2 Reversión de excedentes de recursos hídricos que se obtengan en aplicación de la ley;

g.3 Establecimiento de parámetros de eficiencia y otorgamiento de certificaciones de eficiencia;

g.4 Otorgamiento de licencia de uso de agua provisionales;

g.5 Ejecución de obras de infraestructura hidráulica menor pública o privada que se proyecten en los cauces y cuerpos de agua, naturales y artificiales, así como de los bienes asociados al agua; y,

g.6 Otros asuntos que solicite la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua conforme a la ley.

h. Instruir los procedimientos administrativos de autorización de reúso de agua residual tratada, en coordinación con la autoridad sectorial competente y, cuando corresponda, con la Autoridad Ambiental Nacional, remitiendo a la Autoridad Administrativa del Agua los resultados de la instrucción para la emisión de la correspondiente resolución, conforme con el artículo 23 de la ley.

i. Realizar acciones de vigilancia y fiscalización en las fuentes naturales de agua con el fin de prevenir y combatir los efectos de la contaminación de las aguas, emitiendo informes que den mérito al inicio del procedimiento sancionador correspondiente por parte de la Autoridad Administrativa del Agua, la que para tal efecto coordina con la autoridad ambiental y de salud.

j. Fomentar planes y programas integrales de prevención y atención de desastres por inundaciones u otros impactos que afecten a los bienes asociados al agua, promoviendo acciones estructurales e institucionales.

k. Promover que los gobiernos locales vigilen la extracción de materiales de acarreo con el fin de proteger los cauces de los ríos y quebradas.

l. Contribuir en promover la cultura de la valoración económica, ambiental, y social del agua, apoyando la gestión de los recursos hídricos en la cuenca a cargo de la Autoridad Administrativa del Agua.

m. Difundir entre sus integrantes y la sociedad civil los resultados de su gestión.

n. Impulsar entre sus integrantes el uso eficiente, el ahorro, la conservación y la protección de la calidad de los recursos hídricos. Asimismo, promover el reúso y la recirculación de las aguas.

o. Otras funciones que le encargue la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua conforme al Reglamento de Organización y Funciones de dicha autoridad.


Dato:
Los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca son plataformas de coordinación y articulación donde todos los usuarios o actores de una cuenca convergen para dialogar con relación al uso del agua y sus bienes asociados.